Inspecciones de los equipos a presión

Todos los elementos que se encuentran incluidos en el Real Decreto 2060/2008 tienen que someterse a inspecciones periódicamente con el objeto de que sus características técnicas estén garantizadas. De esta manera, toda empresa de instalaciones y equipos a presión puede asegurar que las condiciones de trabajo sean las más seguras.

Inspecciones reglamentarias

Cada dos, tres o cuatro años, dependiendo la categoría que tenga el equipo, así como del fluido que tenga, se debe hacer una inspección de nivel A. La misma consiste en comprobar la documentación del equipo a presión y una inspección visual de las partes que son sometidas a presión, así como de los dispositivos de control, los accesorios de seguridad y las condiciones reglamentarias.

La inspección del nivel B consiste en realizar los pasos del nivel A más una inspección visual de cada una de las zonas que son sometidas a mayor corrosión y esfuerzo, así como la comprobación de espesores. El equipo tiene que estar fuera de servicio mientras se realiza la inspección, aunque en tuberías no es necesario dejar la instalación fuera de servicio. Este tipo de inspección se debe realizar cada cuatro, seis u ocho años.

El nivel C es un nivel B más una prueba de presión hidrostática. El equipo también tiene que estar fuera de servicio durante toda la inspección. La periodicidad con la que debe realizarse esta inspección es de cada doce años, no siendo obligatoria para los equipos de categoría y de grupo de fluido I.2 y II.2.